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Preguntas frecuentes

A continuación se muestra una lista de las preguntas más comunes que nos hacen, junto con respuestas claras y sencillas. Las respuestas se basan en la ley actual que se puede encontrar seleccionando los enlaces a continuación.

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Decreto Original 1959 - DECRETO 1513/1959

 

Propuesta de Requisitos Adicionales - Real Decreto 933/2021

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Preguntas

¿Es esta una nueva ley?

No. La ley está vigente desde 1959 y lleva por título DECRETO 1513/1959, de 18 de Agosto. Desde entonces ha habido varias modificaciones a la ley que amplían el alcance de los establecimientos cubiertos, pero los principios básicos siguen siendo los mismos.

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En el pasado la Guardia Civil se concentraba en recoger los datos de los hoteles pero desde 2015 han ampliado la aplicación de la ley a todo tipo de alojamientos de alquiler vacacional.

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Más recientemente, el Ministerio del Interior ha lanzado una nueva plataforma centralizada llamadaSES Hospedajes. Este sistema sustituirá a la Guardia Civil y se espera que reemplace al antiguo sistema en 2024.

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Hay muchos cambios y requisitos dentro de este nuevo sistema que incluyen el registro de TODOS los invitados, incluidos los niños, la dirección particular de todos los invitados, direcciones de correo electrónico y métodos de pago.

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Villa Check In ya es compatible con esta plataforma.

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¿Para qué sirve la ley?

La ley está relacionada con el artículo 12 de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, de Protección de la Seguridad Ciudadana que obliga a cualquier persona que realice una actividad que pueda estar relacionada con la seguridad ciudadana (incluidos los establecimientos de alojamiento) a realizar el registro de documentos oficiales de identidad de viajeros. Esta información deberá ser posteriormente facilitada a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado quienes han publicado el siguiente comunicado sobre el uso de la información:

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Velar por el cumplimiento de las funciones de prevención de hechos y actos delictivos de los que puedan derivarse responsabilidades penales en la investigación del terrorismo y otras formas graves de delincuencia organizada encomendadas a la Guardia Civil en las Leyes Orgánicas 2/1986, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, y 1/1992, sobre Seguridad Protección Ciudadana, y permitir el cumplimiento del compromiso de adoptar las medidas necesarias para el control de los viajeros que utilicen los establecimientos de alojamiento, adquirido por España en el Acuerdo de aplicación del Acuerdo de Schengen, de junio 19, 1990. (Traducción automática del original español) 

¿Es esta una forma que tiene el gobierno de recaudar impuestos?

Esta ley no tiene ninguna relación con la recaudación de impuestos.

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En última instancia, como propietario de una propiedad en España, usted es responsable de garantizar el cumplimiento de las normas fiscales, pero ese es un tema totalmente aparte. La ley está para la protección civil y eso queda claro en el documento mencionado anteriormente. Hemos hablado directamente con las autoridades y nos han asegurado que su única preocupación es la seguridad nacional.

¿Esto realmente se aplica a mí?

La ley original de 1959 cubría únicamente a los viajeros que se alojaban en hoteles. En 1974, la ley fue modificada para incluir apartamentos, bungalows y otros alojamientos similares: El texto completo de la enmienda es:

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El artículo 1 del Decreto 393/1974, de 7 de febrero (BOE nº 43), dispone:

Lo dispuesto en los artículos 1 y 2 del Decreto 1513/1959, de 18 de agosto, y demás disposiciones dictadas para su desarrollo, serán de aplicación al alquiler de los apartamentos, bungalows y otros alojamientos similares de carácter turístico, regulados por la Orden del Ministerio. de Información y Turismo de 17 de enero de 1967. (Traducción automática del original español) 

Básicamente, si recibe dinero a cambio de alojamiento en su propiedad, entonces esta ley se aplica a usted.

¿Qué tengo que hacer?

En primer lugar, su propiedad debe estar registrada ante las autoridades y recibir un código de propiedad y de inquilino. Sin este no podrás cumplir con el resto de requisitos.

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Una vez registrada la propiedad, los datos de la identificación oficial (pasaporte o documento nacional de identidad) de las personas que se alojen en su propiedad deberán ser recogidos en o antes de la entrada. Los detalles deben verificarse con el documento original y con cada individuo, incluidos los niños. Es necesario firmar el registro. Estos datos deben presentarse a las autoridades dentro de las 24 horas siguientes a la llegada del viajero.

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¿Cuándo se deben recopilar los datos?

La ley establece que los datos deben recopilarse en el momento de la entrada o antes. Esto permite validar el documento y la firma, y quien recoge la información puede confirmar que el documento corresponde a quien lo presenta.

¿Qué pasa con la protección de datos y el RGPD?

Es EXTREMADAMENTE IMPORTANTE.

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Cualquier persona que recopile o almacene información personal en España deberá publicar una política de protección de datos. Esto es lo mismo que cualquier recopilador de datos con sede en el Reino Unido que necesita registrarse en la Oficina del Comisionado de Información (ICO) y publicar su política.

El 25 de mayo de 2018 se introdujo un nuevo conjunto de normas para toda la UE (comúnmente conocidas como GDPR).

 

Las multas por incumplimiento del RGPD son severas y se evalúan en uno de dos niveles según la infracción. El nivel inferior es de hasta 10.000.000 € o el 2% de los ingresos anuales mundiales (lo que sea mayor). El nivel superior es de hasta 20.000.000 € o el 4% de los ingresos anuales mundiales (lo que sea mayor).

Villa Check In cumple plenamente con todos los requisitos de protección de datos de la UE.

No tengo ni quiero una Licencia VV, ¿eso es un problema?

Obviamente recomendamos obtener una licencia VV pero...

 

Las autoridades nos han asegurado que su única preocupación es la protección de los ciudadanos. Sin embargo, dependiendo del municipio en el que se encuentre su propiedad, la necesidad de una licencia turística varía.

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